En nuestra pasada reunión, como venimos haciendo desde los inicios de la Asamblea, abrimos un nuevo tema a debate para entre todas aprender y seguir formándonos, y esta vez el tema a tratar fue: la custodia compartida.
Partiendo de la situación que genera el optar a una custodia compartida delimitamos dos supuestos: el primero, una separación de mutuo acuerdo entre los cónyuges, más sana, y el segundo supuesto, partiendo de una situación de maltrato denunciada por la madre con lesiones producidas por el agresor, el cual, para conseguir la custodia compartida realiza una denuncia falsa usando como argumentario las lesiones sufridas al defenderse la agredida, una denuncia falsa que tristemente sucede en un gran número de ocasiones y que muy pocas veces se investiga para demostrar si son lesiones producidas al defenderse, pues se cataloga dentro del cliché: "son solo disputas de pareja, ellos se arreglarán" y así se siguen normalizando ante los ojos de la ley.
Además de la manera en la que se llega a conseguir esta custodia compartida nos encontramos también con qué sucede una vez conseguida. Entramos entonces en una situación casi desesperada en la cual el agresor sigue teniendo total control sobre su expareja, pues esta no puede rehacer su vida ya que este tipo de sentencias convierten el hogar familiar en el espacio donde cada cierto tiempo agresor y agredida tienen que turnarse la vivienda, lo que obliga a la mujer a seguir en contacto con su agresor y que este la pueda acosar.
Sumado a todo lo anterior nos surgió el tema de ¿cuándo realmente comienza una custodia compartida? ¿en el divorcio, o incluso antes de tener las hijas? Pues tras muchos testimonios encontrados por la red nos podemos dar cuenta de cómo se hace una instrumentación de la custodia compartida como arma con la cual amenazar a tu pareja para incluso evita el divorcio y la denuncia; en vez de encontrar alegatos de ningún tipo por parte del exmarido que indiquen que su mayor preocupación e interés real es el cuidado y bienestar de las hijas. Es más, encontramos numerosos casos de padres que intentan negociar los días que permanecen con las hijas siempre tirando al mínimo posible, por ello nuestras preguntas de antes. Si hubiese un reparto equitativo de las tareas de la crianza de las niñas, y no todo ello recayera sobre la mujer como parte del rol impuesto de cuidadora, entenderíamos que la custodia compartida es una opción entendible cuando la pareja decide de mutuo acuerdo separarse. Por ello, apelamos a la necesidad de concienciarse, de empoderarnos como mujeres para exigir un justo reparto, a que desde el minuto uno la crianza sea cosa de ambas partes, a que pidan la baja por paternidad y así permitírsenos realizarnos profesionalmente a nosotras también, y así evitar depender económicamente de él.
La “predilección” judicial a darle la custodia a la mujer viene a corroborar judicialmente el repartod no equitativo de cuidados que ya venía dándose en la relación con anterioridad. No se otorga el cuidado de hijos e hijas a la mujer porque ésta tenga “instinto maternal”, sino porque ésta ya venía desarrollándolo con anteriorioridad.
Nos parece interesante y preocupante observar además cómo gran parte de estos movimientos por la custodia compartida están liderados por maltratadores con sentencias judiciales en firme y apologistas de la desigualdad de género.
En este punto contemplamos en el debate la necesidad de que los hombres trabajen en el desarrollo de nuevas masculinidades, en las que aprendan a demostrar sus afectos, la corresponsabilidad en los cuidados...
Estas son solo algunas demandas, pues el tema a debatir es muy amplio aún, pero seguiremos avanzando en ello en futuros debates y ampliando la visión para también romper la heteronormatividad, pues hoy hemos hablado sobre relaciones heterosexuales, pero iremos ampliando para ver como afecta al colectivo LGTBi+.
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